El tribunal de alzada dejó en claro que el Ministerio Público cuenta con la autorización judicial para incautar el teléfono de Luis Hermosilla y «vaciar» su contenido.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentado en contra del Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado, por la revisión del teléfono celular del abogado Luis Hermosilla, en el marco de la investigación por delitos de corrupción.
La Séptima Sala del tribunal de alzada estableció que el recurso de protección no es la vía idónea para controlar la investigación del Ministerio Público y que Mario Vargas debe recurrir a la tramitación ordinaria de causas penales si se considera afectado por la investigación.
En el fallo, la Corte de Apelaciones recalca que “no puede dirigir la investigación del ente persecutor, que es autónomo, y será esta institución la que cuidará, en su labor investigativa, de no revelar, ni a intervinientes ni a terceros, transcripciones de intercambios de mensajes que nada tienen que ver con la tantas veces mencionada investigación”.
Junto con ello, dejó en claro que el Ministerio Público cuenta con la autorización judicial para incautar el teléfono de Luis Hermosilla y “vaciar” su contenido, el cual “no ha revelado el tenor de las transcripciones, que suman la cantidad de 770.000 páginas, ni las conversaciones” del abogado con su par Mario Vargas, querellante en la causa contra Daniel Jadue.